Si hemos adquirido un vehículo desde principios de este año 2015, o simplemente hemos realizado algún tipo de trámite en la DGT por el cual nos han expedido el permiso de circulación, vemos que ha cambiado en relación con los que hemos estado familiarizados hasta ahora. Se ha incluido unos datos que, como son el kilometraje y la fecha de caducidad de la inspección técnica.
Veamos en
que consisten estos dos datos nuevos:
-Inclusión
del kilometraje: Se reflejará los kilómetros que tiene constancia Tráfico
a través del Registro de vehículos.
¿ De dónde
se obtienen los datos de los kilómetros?
Se obtienen
por las estaciones de las Inspección Técnica de Vehículos, en el momento de su
inspección, anotan los kilómetros en el Registro de Vehículos, dotando de una
información de interés para los posibles compradores de los mismos.
-Fecha de
caducidad de la inspección técnica. Al igual que los kilómetros, son las
estaciones de ITV, las que comunican al Registro de Vehículos, los datos de la
próxima fecha de caducidad de la inspección.
Con esto se va a ganar seguridad jurídica al saber con certeza la fecha de caducidad en determinados casos, como pueden ser los vehículos nuevos que estuvieran destinados a servicios de alquiler, ya que éstos tienen un periodo diferente de vigencia de la ITV.
¿Quiere
decir esto que cada vez que pasemos ITV debemos solicitar un duplicado del
permiso de circulación para que concuerde las fechas?
No, ya que
la fecha válidamente consignada es la fecha que viene incluida en la ficha
técnica de la ITV.